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El consenso en el proceso de formación institucional de normas en el Derecho internacional

El consenso en el proceso de formación institucional de normas en el Derecho internacional

  • ISBN: 9788496354753
  • Editorial: Atelier
  • Lugar de la edición: Barcelona. España
  • Colección: Atelier Internacional
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 339
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
35,00 €
Sin Stock. Disponible en 7/10 días.

Resumen

Con esta monografía se estudia la práctica del consenso como técnica de negociación y adopción de textos normativos en el ámbito de la estructura institucional, tanto en los órganos de las organizaciones internacionales, como en las conferencias codificadoras auspiciadas por éstas. Desde una perspectiva material o sustantiva, la importancia del consenso se proyecta en los procesos de interacción normativa (efectos declarativo, cristalizador y constitutivo o generador). Se produce así una estrecha simbiosis entre los modos de producción de normas, en la que lo fundamental es que el consentimiento de los Estados quede establecido con la mayor claridad posible, a los efectos de poder afirmar la existencia de un acuerdo general o consensus generalis. Por tanto, la técnica del consenso confirma y refuerza, a nivel institucional, a la noción de consensus generalis como fundamento del proceso de formación de normas en el Derecho internacional. En este sentido, el uso del consenso en el proceso de formación institucional de normas, supone trasladar formalmente una concepción consensualista del ordenamiento internacional a este tipo de normas. Con carácter general, el estudio de la práctica internacional prueba que el frecuente recurso a la técnica del consenso se debe a que es una fórmula polivalente: como la unanimidad, el consenso respeta la soberanía de cada Estado; al igual que la adopción de decisiones por mayoría, en buena medida el consenso tiene en cuenta los intereses de la mayoría de los Estados; y, asimismo, el consenso reconoce las diferencias de poder que existen entre los Estados, ya que no es posible articularlo sin contar con los Estados más poderosos. En definitiva, el consenso, sin ser ninguna panacea, se adapta y se corresponde con las características básicas que presenta la sociedad internacional y el ordenamiento jurídico que la regula, concebido como un sistema de regulación normativa consensuado.

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