La protección judicial de las víctimas de violencia de género
algunas cuestiones problemáticas
- ISBN: 9788411975629
- Editorial: Editorial Tirant lo Blanch
- Fecha de la edición: 2024
- Lugar de la edición: Valencia. España
- Colección: Monografías
- Encuadernación: Rústica
- Medidas: 22 cm
- Nº Pág.: 207
- Idiomas: Español
Parece que cada vez más la sociedad, en general, y los operadores jurídicos, en particular, van tomando conciencia del alcance del gravísimo problema que supone la violencia de género, que afecta a las mujeres por el simple hecho de serlo, lo que lo convierte en un fenómeno estructural de muy compleja solución.
La abundante literatura habida en torno a esta materia no excusa que debamos seguir avanzando en la detección del conflicto y la búsqueda de respuestas para las víctimas que la sufren. Por ello, este libro pretende realizar su contribución a partir de la identificación y análisis de algunas de las cuestiones problemáticas que se derivan de la protección judicial de la violencia de género, siendo los principales puntos de debate: la especialización judicial para la protección de las víctimas de violencia de género; la pretendida protección integral de estas víctimas y de sus hijos e hijas; la influencia internacional y europea en la obtención y conservación de la prueba electrónica en los delitos de violencia de género; y la necesidad de mejora de la instrucción de los delitos sexuales.
CAPÍTULO I: LA TUTELA JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
1. Justificación.
2. El tratamiento judicial de la violencia sobre la mujer.
3. Competencias mixtas de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
3.1. Competencias penales.
3.2. Competencias civiles.
4. La vis attractiva de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer para el conocimiento de los asuntos civiles derivados de la violencia machista.
4.1. Supuestos en los que el juez de violencia sobre la mujer asume el conocimiento de las cuestiones civiles derivadas del conflicto penal.
4.1.1. El juez civil tiene noticia de un acto de violencia de género del que ya conoce el juez de violencia sobre la mujer.
4.1.2. El juez civil tiene noticia de un posible acto de violencia de género que todavía desconoce el juez de violencia sobre la mujer.
4.1.3. El juez de violencia sobre la mujer tiene noticia del proceso civil al tiempo de conocer la causa penal.
4.2. Tratamiento procesal del conflicto civil tras la finalización del proceso penal.
CAPÍTULO II: LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
1. La orden de protección.
2. Presupuestos.
3. Medidas de protección.
3.1. Medidas penales.
3.2. Medidas civiles.
3.3. Medidas asistenciales.
4. Procedimiento para adoptar una orden de protección.
5. Efectos de la orden de protección.
5.1. Estatuto integral de protección de las víctimas.
5.2. Derecho a la información de las víctimas.
5.3. Creación de un Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género.
6. Consecuencias de su incumplimiento.
7. La protección derivada de una orden de protección cuando las víctimas se trasladan a otro estado miembro de la Unión Europea.
7.1. ¿Quién debe solicitar una EPO y ante quién debe hacerlo?
7.2. El dies ad quem para la emisión de una EPO.
7.3. La “permanencia” como elemento a considerar por el órgano emisor.
7.4. Idioma de emisión.
7.5. Impugnación de la emisión de una EPO.
7.6. Consideraciones relativas a la ejecución de una EPO en España.
CAPÍTULO III: LAS PERSONAS MENORES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO: REFLEXIÓN SOBRE LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS CIVILES EN UNA ORDEN DE PROTECCIÓN
1. Introducción.
2. El rol del Ministerio Fiscal.
2.1. El interés superior del menor.
2.2. El Ministerio Fiscal y las medidas civiles de una orden de protección.
2.2.1. La intervención del Ministerio Fiscal en el procedimiento para la adopción de las medidas civiles de una orden de protección.
2.2.2. Participación real del Ministerio Fiscal.
2.2.2.1. Poca presencia en los procesos de violencia de género.
2.2.2.2. Escasa solicitud de medidas civiles derivadas de una orden de protección en defensa de los derechos de las personas menores de edad.
3. Particularidades en la adopción, prórroga y modificación de las medidas civiles de una orden de protección.
3.1. Adopción de las medidas civiles provisionales.
3.2. Eficacia de las medidas civiles inicialmente acordadas en la orden de protección.
4. A modo de conclusión.
CAPÍTULO IV: INFLUENCIA INTERNACIONAL Y EUROPEA EN LA OBTENCIÓN Y CONSERVACIÓN DE PRUEBA ELECTRÓNICA EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
1. Introducción.
2. La violencia de género y su ejercicio a través de las TIC.
2.1. El derecho al acceso a Internet.
2.2. El creciente fenómeno de la ciberdelincuencia.
2.3. La violencia de género a través de Internet, las redes sociales, el correo electrónico y los servicios de mensajería instantánea.
3. Instrumentos internacionales para la obtención de prueba en los delitos de violencia de género digital.
3.1. Cooperación internacional en materia de ciberdelincuencia. Especial atención al Segundo Protocolo Adicional del Convenio de Budapest.
3.2. Influencia del Convenio de Budapest en el proceso penal español: las nuevas medidas de investigación tecnológica de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
3.3. La propuesta de Reglamento Europeo sobre las órdenes de entrega y conservación de pruebas electrónicas.
4. A modo de conclusión.
CAPÍTULO V: LA NECESARIA MEJORA DE LA FASE DE INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS SEXUALES COMETIDOS SIN EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE LA VÍCTIMA
1. Introducción.
2. Principales problemas de la investigación.
2.1. La falta de inmediatez en la interposición de la denuncia.
2.2. Archivo de las actuaciones.
3. Especial atención a la valoración de la prueba por parte del órgano enjuiciador.
3.1. La suficiencia del testimonio de la víctima para condenar.
3.2. Criterios de valoración del testimonio de la víctima.
3.3. Sistema de valoración de la prueba.
4. Reflexión final.
CAPÍTULO VI: DIEZ EJEMPLOS A SEGUIR EN LA PROTECCIÓN JUDICIAL DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
1. La continencia de la causa en la protección integral de las víctimas de violencia de género.
2. Límite temporal para que el juez civil se inhiba en favor del de violencia sobre la mujer.
3. Perpetuatio iurisdictionis del Juzgado de Violencia sobre la Mujer: necesaria vigencia del proceso penal al tiempo de interponer la demanda –de modificación de medidas– para que el VIDO siga conociendo de las medidas civiles.
4. Presupuestos para adoptar una Orden de Protección: fumus commissi delicti y periculum in damnum.
5. El consentimiento de la mujer no excluye la punibilidad a efectos del art. 468 CP.
6. Especial atención a las personas menores de edad
6.1. Los menores que viven en un entorno violencia de género son igualmente víctimas de esta violencia.
6.2. Agudización de la vulnerabilidad de los menores a cargo de las víctimas que sufren violencia de género.
6.3. Suspensión del régimen de visitas, de estancia, relación o comunicación del inculpado respecto de los menores dependientes de él.
6.4. El interés superior del menor puede llegar a justificar que se mantenga el contacto del progenitor agresor con sus hijos
6.5. Equiparación de las medidas civiles de la orden de protección a las penales en la protección de los menores.
7. Sobre el concepto de ciberviolencia de género.
8. El juez de instrucción puede, del mismo modo que el Ministerio Fiscal o la policía judicial, emitir órdenes de conservación.
9. No puede trasladarse el deber de denuncia inmediata a las víctimas de violencia sexual.
10. Sobre la dificultad probatoria de los delitos contra la violencia sexual.
10.1. El testimonio único de la víctima.
10.2. La suficiencia del testimonio de la víctima para enervar la presunción de inocencia.
10.3. La animadversión de la víctima no debe contrarrestar la validez de su testimonio.
10.4. La necesaria preservación del derecho a la presunción de inocencia.