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El reparto de competencias en materia financiera en la doctrina del Tribunal Constitucional

El reparto de competencias en materia financiera en la doctrina del Tribunal Constitucional
especial consideración a las cajas de ahorros

  • ISBN: 9788483555828
  • Editorial: Editorial Aranzadi
  • Lugar de la edición: Pamplona. España
  • Colección: Monografías Aranzadi de Derecho Mercantil
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 440
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
48,00 €
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Resumen

En esta monografía se lleva a cabo un estudio riguroso e interdisciplinar de la compleja cuestión del reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia financiera, y ello, a través de una exhaustiva labor de sistematización, análisis y reflexión crítica de la doctrina del Tribunal Constitucional existente en la materia. Partiendo de los principios e instituciones que configuran con carácter general el sistema de reparto de competencias en materia económica (tales como la definición de una competencia como exclusiva, compartida y concurrente, y sus efectos; los criterios de supletoriedad, de prevalencia y residual; la eficacia territorial de las normas; los principios de unidad económica y de mercado; la noción de bases, etc.), el autor profundiza en el significado y alcance de las competencias estatales y autonómicas sobre la organización y la actividad de las Cajas de Ahorros, sin olvidar a otros empresarios sobre los que las Comunidades Autónomas también han asumido competencias exclusivas, como son las cooperativas y las mutualidades de seguros. Precisamente a partir de las competencias exclusivas autonómicas sobre determinados empresarios financieros, se aborda con particular detalle la competencia estatal sobre la "legislación mercantil" y la posibilidad y las repercusiones del reconocimiento de potestades legislativas, reglamentarias y ejecutivas a las Comunidades Autónomas en materia de Derecho Mercantil. Todo ello, junto al ineludible tratamiento de cuestiones de Derecho Constitucional, de Derecho Administrativo y de Derecho Civil, dado el carácter transversal de la materia abordada.

Prol. Mª José Morillas Jarillo

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