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Casuística práctica en la suspensión de los juicios civiles y medidas para agilizar la jurisdicción civil

Casuística práctica en la suspensión de los juicios civiles y medidas para agilizar la jurisdicción civil
estudio y formularios

  • ISBN: 9788481262513
  • Editorial: La Ley
  • Lugar de la edición: Madrid. España
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 23 cm
  • Nº Pág.: 187
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
29,00 €
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Resumen

Se plantea toda la casuística con que se encuentra el profesional del derecho cuando debe afrontar el siempre difícil camino de presentarse a un juicio civil instado por él, o frente a él, y las numerosas posibilidades que existen de que ese juicio se suspenda el día señalado para su celebración. Además de llevar a cabo un detallado estudio sobre los preceptos que disciplinan la suspensión de señalamientos y vistas en la LEC, analiza la situación de la justicia civil y la necesidad de buscar fórmulas que la hagan más operativa, eficaz y resolutiva. Se presenta un estudio llevado a cabo por el CGPJ en el que se constatan las cifras de juicios suspendidos frente a los señalados, lo que provoca serios perjuicios en la tramitación de estos procedimientos. La obra comienza efectuando un análisis de la situación de la justicia civil en España y se profundiza en las causas y motivos de la suspensión de los señalamientos y de las vistas. De igual modo, se actualiza con las dos reformas de la LEC referidas a las medidas de fomento del alquiler y a la oficina judicial, en tanto en cuanto han afectado a preceptos de la LEC que se circunscriben a cuestiones que se tratan en el estudio de los supuestos de suspensión de juicios civiles, señalamientos de vistas y comparecencias y el cambio introducido en la oficina judicial por el nuevo papel que se le otorga a la figura del secretario judicial como verdadero impulsor del procedimiento. Se incluye un listado de formularios siempre útiles respecto a las distintas situaciones que pueden darse a la hora de concurrir una causa, bien de suspensión del señalamiento, de la vista o de interrupción.

I. EL OBJETIVO HACIA UNA JUSTICIA CIVIL RÁPIDA II. LA DURACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS CIVILES Y LA JUSTIFICACIÓN DE INTRODUCIR REFORMAS ORGANIZATIVAS EN LA JUSTICIA CIVIL. III. VIABILIDAD DE LA INTRODUCCIÓN DEL SISTEMA DE JUICIOS RÁPIDOS EN LA JURISDICCIÓN CIVIL. 1. Necesidad de reforzar los órganos judiciales civiles 1.1. Planteamiento general y reflejo de la situacion economica en los órganos judiciales civiles. 1.2. La separación de jurisdicciones en los juzgados de Primera Instancia e Instruccion de partidos judiciales sin jurisdiccion separada. Los denominados «Juzgados mixtos» 2. Medidas de Derecho Orgánico 2.1. Funcionamiento de las OSI (Oficinas de Señalamiento Inmediato). La nueva Oficina Judicial. 2.1.1. Actuación inmediata de la OSI al recibir la demanda. Registro, reparto y señalamiento. 2.1.2. Realización de actos de comunicación que permitan el cumplimiento del señalamiento. 2.1.3. Solicitud de designación de abogado y procurador de oficio. 2.1.4. La OSI examina la concurrencia de defectos procesales con la demanda. 2.2. Reglamento del CGPJ de funcionamiento de las OSI 2.3. Creación de la Junta de Jueces Decanos de los Partidos Judiciales de una provincia presidida por el Presidente de la Audiencia Provincial respectiva. 2.4. Creación de Juntas Provinciales de Justicia con participación de todos los sectores relacionados con el Derecho (Universidad, Abogacía y Procuraduría, Notarios y Registradores de la Propiedad) para aunar soluciones a los problemas de la justicia civil. 2.5. Creación del Juzgado de guardia en el Orden jurisdiccional Civil 2.6. La creación de los Juzgados especializados de Derecho Inmobiliario 2.7. Medidas dirigidas a mejorar y homologar las condiciones tecnológicas de la Administración de Justicia para permitir la implantación de la Justicia civil rápida. 2.8. Protocolos de actuación procesal aprobados desde el CGPJ para fijar criterios concretos que eviten dilaciones posteriores en el desarrollo del procedimiento. 3. Medidas procesales y extraprocesales 3.1. Arrendamientos urbanos 3.2. Derecho de Familia 3.3. Juicios declarativos tramitados por el Juicio Verbal por razón de la cuantía 3.4. Potenciación de la institución del arbitraje 3.5. Implantación de Instancia única sin posibilidad de la segunda instancia en reclamaciones de cantidad de escasa cuantía. 3.6. La mediación como vía de solución extrajudicial de conflictos. IV. INTRODUCCIÓN. POSIBILIDADES QUE RECOGE LA LEC ANTE LA NO CELEBRACIÓN DE UN JUICIO O VISTA SEÑALADA (ARTS. 183, 188 Y 193 LEC) 1. Solicitud de nuevo señalamiento de vista (art. 183 LEC) 1.1. Imposibilidad de acudir a la fecha señalada para la vista por fuerza mayor u otro motivo de análoga entidad (art. 183.1 LEC) 1.2. Imposibilidad del abogado de asistir a ia vista (art. 183.2 LEC) 1.3. Imposibilidad de la parte de asistir a la vista (art. 183.3 LEC) 1.4. Imposibilidad del testigo o perito de asistir a la vista (art. 183.5 LEC) 2. Suspensión de las vistas (art. 188 LEC) 3. Señalamiento de las vistas suspendidas (art. 189 LEC) 4. Interrupción de las vistas 5. La práctica de medios de prueba fuera de la sede del juzgado como método de no continuidad de la vista y práctica de actuaciones procesales sin unidad de acto. 5.1. La práctica de diligencias depruebafuera de la sede del juzgado 5.2. Medios de prueba que pueden practicarse fuera de la sede del juzgado 5.3. La práctica del onocimiento judicial (arts. 353 a 359 LEC) 6. Análisis de la reforma introducida por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en el art. 188.5 LEC. V. FORMULARIOS 1. Formulario de escrito presentado por la vía del art. 183.1 y 2 LEC para interesar la suspensión del señalamiento efectuado en un procedimiento civil por coincidirle al letrado el señalamiento con otro efectuado con carácter previo por otro Juzgado e interesando se proceda a efectuar nuevo señalamiento (ver comentarios en punto IV.1.1 y 2) 2. Formulario de escrito presentado por un testigo o un perito por la vía del art. 183.1 y 4 LEC para interesar la suspensión del señalamiento efectuado en un procedimiento civil por fuerza mayor u otra causa de entidad análoga, o bien solicitar el testigo o perito adelantar su declaración en citación independiente a la prevista para el día del juicio (ver comentarios en punto IV.1.4) 3. Formulario de escrito presentado por ambas partes por la vía del art. 188.4 LEC interesando la suspensión de la vista por mutuo acuerdo (ver comentarios IV.2) 4. Formulario consistente en el caso de que a la Audiencia previa al juicio sólo comparezca el demandado y no alega interés en que siga el proceso. 5. Formulario consistente en que a la Audiencia faltare el abogado demandante y el demandado no alegare a favor de la continuación del procedimiento. 6. Acta de Audiencia previa al juicio con sobreseimiento por desistimiento bilateral de las partes al haber alcanzado un acuerdo (o se mostrasen dispuestas a concluirlo, art. 415.1 LEC) 7. Acta de audiencia previa al juicio sin acuerdo de las partes (arts. 415.1 y 416). Supuestos que pueden presentarse en la misma. 8. Providencia declarando en rebeldía al demandado por defecto no subsanado que afecta a la personación en forma del demandado (art. 418.3 LEC) 9. Auto poniendo fin al proceso por no subsanación del defecto o falta alegados en el plazo concedido para ello, o no sean corregibles o subsanables (art. 418.1) 10. Auto por el que se acuerda sobre la falta de litisconsorcio alegado por el demandado y no resuelto en la audiencia por la complejidad de la cuestión planteada (art. 420.2 LEC) 11. Auto por el que se acuerda el archivo de las actuaciones y se pone fin al proceso tras no haber aportado el actor en el plazo concedido para ello las copias de la demanda y documentos anejos por estimarse por el Tribunal el litisconsorcio alegado por el demandado (art. 420.4 LEC) 12. Auto por el que se declara el sobreseimiento del proceso por apreciarse litispendencia o cosa juzgada (art. 42 1.1 LEC) 13. Auto por el que se resuelve sobre la litispendencia o cosa juzgada cuya cuestión fue entendida compleja por el Juez y se dejó para su posterior resolución (art. 421.4 LEC) 14. Auto por el que se resuelve sobre el procedimiento a seguir y el Juez entiende que debe serlo el juicio verbal (art. 422.2.2.° LEC) 15. Auto por el que se resuelve a los cinco días de celebrada la audiencia sobre el procedimiento a seguir con respecto a la alegación realizada de inadecuación del procedimiento por razón de la materia, dada la complejidad de la cuestión planteada (art. 423.2 LEC) 16. Formulario de solicitud de nuevo señalamiento de juicio por imposibilidad de asistir el día señalado el cliente del letrado (art. 430) ANEXO PROTOCOLO DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA SOBRE SUSPENSIÓN DE SEÑALAMIENTOS. FEBRERO 2009.

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