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100 casos ganados por defectos constructivos contra la promotora-vendedora por incumplimiento del contrato

100 casos ganados por defectos constructivos contra la promotora-vendedora por incumplimiento del contrato

  • ISBN: 9788411650243
  • Editorial: Sepin - Servicio de Propiedad
  • Lugar de la edición: Madrid. España
  • Colección: Casos Ganados
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 198
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
36,30 €
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Resumen

Desde el área de Derecho Inmobiliario presentamos nuestra primera entrega de la serie “Casos ganados”. Como primer tema a tratar, hemos elegido la responsabilidad contractual de la promotora-vendedora ante el comprador por la existencia de defectos constructivos en el inmueble objeto del contrato.

Es importante señalar que la presente colección de casos ganados no está referida a la responsabilidad de la promotora derivada de su condición de agente de la edificación conforme al art. 9 ni a la responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación regulada en el art. 17, ambos de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, sino que, aun cuando estemos ante defectos derivados del período constructivo, nos hemos centrado en la responsabilidad del promotor cuando este es el vendedor de las viviendas y existe un incumplimiento del contrato, posibilidad expresamente regulada en el art. 17.9 LOE que determina: "Las responsabilidades a que se refiere este artículo se entienden sin perjuicio de las que alcanzan al vendedor de los edificios o partes edificadas frente al comprador conforme al contrato de compraventa suscrito entre ellos, a los artículos 1.484 y siguientes del Código Civil y demás legislación aplicable a la compraventa".

Por tanto, en todos los supuestos que hemos elegido, nos encontramos ante una acción derivada, no de la regulación establecida en la LOE, sino de los preceptos comunes del Código Civil en cuanto a la responsabilidad por incumplimiento del contrato de compraventa, es decir, básicamente los arts. 1.101 y 1.124 CC, siendo el plazo de prescripción de la acción el general de cinco años establecido en el art. 1.964 CC.

Por el hundimiento de la solera
Por el incorrecto dimensionado de los colectores de la red de aguas pluviales
Por el incumplimiento de la altura mínima exigida en las escaleras
Por el incumplimiento de la memoria de calidades. Reclamación efectuada por los segundos compradores
Por la deficiente calidad del mármol instalado
Por la deficiente sujeción del falso techo sin cumplir los estándares de seguridad
Por la dificultad existente cuando se debe proceder al cambio del filtro del aire acondicionado
Por la entrega de una plaza de garaje de dimensiones inferiores
Por la existencia de agua bajo el edificio
Por la existencia de defectos constructivos, aunque no sean de carácter ruinógeno
Por la existencia de defectos de habitabilidad
Por la existencia de fisuras dentro de la vivienda
Por la existencia de fisuras en las fachadas
Por la existencia de fisuras en los aleros
Por la existencia de forjados sin terminar
Por la existencia de goteras en la plaza de garaje
Por la existencia de grietas en las tuberías de agua
Por la existencia de humedades debido a la falta de rotura del puente térmico
Por la existencia de humedades en la fachada por capilaridad
Por la existencia de humedades por condensación
Por la existencia de humedades por entrada de agua a través de los muros del garaje
Por la existencia de malos olores provenientes de la red de saneamiento
Por la existencia de manchas en el suelo de mármol
Por la existencia de ruidos provenientes de la sala de calderas
Por la existencia de ruidos provenientes de la sala de las bombas de agua
Por la existencia de ruidos provenientes de los aparatos de aire acondicionado
Por la existencia de ruidos provenientes de los conductos de evacuación de aguas
Por la existencia de ruidos provenientes del motor del ascensor
Por la existencia de un pilar en la plaza de garaje
Por la falta de colocación de un suelo antirresbaladizo
Por la falta de colocación de una lámina impermeabilizante
Por la falta de construcción de las jardineras
Por la falta de construcción del centro de transformación
Por la falta de ejecución de la piscina conforme a lo pactado
Por la falta de presión en la red de suministro de agua
Por la falta del enfoscado previo de la fachada
Por la falta del servicio de calefacción
Por la imposibilidad de utilizar la piscina. Daños morales
Por la indebida colocación de los azulejos de la cocina
Por la indebida colocación de los cuartos de contadores
Por la indebida colocación del aplacado de la fachada
Por la instalación de una carpintería de aluminio de una calidad distinta a la comprometida
Por la instalación de una carpintería de madera de una calidad distinta a la comprometida
Por la instalación de una carpintería de madera inadecuada para exteriores
Por la instalación de una cubierta de calidad inferior a la proyectada
Por la oxidación de los pilares
Por la utilización de un hormigón inadecuado en las terrazas
Por la utilización de un hormigón con una porosidad inadecuada
Por los defectos de ejecución del sistema de evacuación de aguas fecales
Por los defectos ejecución del sistema de ventilación del garaje
Por los defectos en el solado del garaje
Por los defectos en la colocación del terrazo
Por los defectos en la ejecución de la cimentación
Por los defectos en la ejecución de la cubierta
Por los defectos en la ejecución de la instalación térmica de agua caliente
Por los defectos en la ejecución de la piscina y no producirse una lámina uniforme en la caída del agua
Por los defectos en la ejecución de la red de saneamiento
Por los defectos en la ejecución de las juntas de dilatación
Por los defectos en la ejecución de la delimitación de la zona destinada a los vehículos de bomberos
Por los defectos en la ejecución del aislamiento acústico
Por los defectos en la ejecución del aislamiento térmico
Por los defectos en la impermeabilización de las terrazas
Por los defectos en la instalación de energía solar
Por los defectos en la instalación de la puerta del garaje
Por los defectos en la instalación eléctrica
Por los defectos en la rampa del garaje
Por los defectos en la tarima
Por los defectos en las plazas de garaje
Por los defectos en las ventanas
Por los defectos en los enlucidos del techo
Por los defectos en los muros de contención de tierras
Por los defectos estructurales en los locales y viviendas
Por los defectos existentes en el pavimento
Plazo de prescripción para el ejercicio de la acción
Solicitud de indemnización en lugar de reparación in natura
Válida acumulación de acciones

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