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Reflexiones y propuestas sobre la reforma de la Constitución Española

Reflexiones y propuestas sobre la reforma de la Constitución Española

  • ISBN: 9788490455067
  • Editorial: Editorial Comares
  • Lugar de la edición: Granada. España
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 23 cm
  • Nº Pág.: 537
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
38,00 € 34,20 €
Sin Stock. Disponible en 7/10 días.

Resumen

A principios del mes de octubre del 2016, un grupo de profesores y profesoras de Derecho Constitucional celebramos, en el Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos, un seminario de investigación donde se abordó, a través de las respectivas ponencias y comunicaciones, la problemática inherente a la reforma de nuestro actual texto constitucional. Fruto de dichas reflexiones es la actual publicación, la cual no tiene más pretensión que sumarse a los estudios, ya muy numerosos, que sobre esta cuestión se han abordado, desde hace ya años, en nuestro país. Vaya por delante mi agradecimiento más sincero a todos los participantes en dicha reunión y a sus contribuciones sobre diferentes aspectos de la reforma constitucional.
En los planteamientos de cada uno de los ponentes y comunicantes, y en los correspondientes debates, no solo se abordaron los aspectos concretos de la reforma constitucional, sino también los grandes problemas teóricos que plantea la teoría de la Constitución analizada desde este punto de vista. Todo ello con la finalidad de constituirse en un grupo de reflexión que continuará sus trabajos en diferentes reuniones científicas organizadas por distintas universidades.
La primera cuestión planteada fue la necesidad y oportunidad de una reforma constitucional en los momentos actuales. Todos fuimos conscientes de la actual fragmentación política existente y de la dificultad de una reforma constitucional, que no es una de las prioridades principales de la ciudadanía, lo cual puede ser comprensible, ni de la clase política, lo cual parece tener una menor justificación. Pero también pensábamos que la necesidad de la misma era imperiosa, pues nuestra Constitución, por falta de una aplicación adecuada o por la necesidad de actualizar sus preceptos, tanto política como jurídicamente hablando, estaba perdiendo a pasos agigantados su carácter normativo, produciéndose un auténtico divorcio, en terminología de Hesse, entre la normatividad y la normalidad constitucionales.
En efecto, cuando una Constitución está perdiendo, o a punto de perder, su propia identidad, cuando ha dejado de ser una Constitución viviente "(living Constitution)" (B. Ackerman), cuando los otros mecanismos de cambio constitucional (la interpretación, las mutaciones constitucionales) resultan inoperantes, la necesidad de una reforma constitucional formal parece imponerse por su propia naturaleza. Ello no significa que con la reforma constitucional se atajen todos los problemas que actualmente padecemos, pero sí que puede coadyuvar a instalar una nueva cultura de la negociación, del pacto, del acuerdo, cuya ausencia ha caracterizado toda nuestra historia constitucional y la vigencia de nuestro actual sistema democrático. Se impone, por tanto, la creación de una cultura de la reforma constitucional, que si existe en los principales países europeos, alguno de los cuales han modificado su texto constitucional en decenas de ocasiones, como una de las manifestaciones concretas de esa necesidad de crear una cultura de la negociación, del pacto y del acuerdo. Todavía continúan teniendo vigencia entre nosotros aquellos mandatos establecidos en la Constitución jacobina de 1793 en el sentido de que un pueblo siempre tiene el derecho de revisar, reformar o cambiar su Constitución, pues una generación no puede someter a sus leyes a las generaciones futuras. O aquellas sabias palabras de Rousseau, en sus Consideraciones sobre el Gobierno de Polonia, cuando afirmaba que «va en contra de la naturaleza del cuerpo social imponerse leyes que no pueda revocar».
Por otro lado, la imperiosa necesidad de una reforma constitucional plantea el problema de la oportunidad de una reforma global de aquellos aspectos que se consideren necesarios o de continuadas reformas parciales con la finalidad de ir logrando un consenso entre las fuerzas políticas. Aquí las posturas no fueron unánimes, defendiéndose ambos planteamientos, consecuencia, porque también hay que subrayarlo, de que en el ámbito académico, y mas concretamente dentro del profesorado de Derecho Constitucional, nos hemos limitado a la realización de trabajos individuales o a la creación de grupos afines de trabajo, sin una visión globalizadora de conjunto, no coadyuvando siempre a que los poderes públicos y privados se acostumbren a "vivir en Constitución". Las responsabilidades son, pues, de todos. Lo que si pareció evidente es que la necesidad de un consenso constitucional debe reducirse a las mayorías constitucionalmente exigidas y nunca convertirse en un auténtico canon de constitucionalidad. La obtención del mismo no puede plantearse con carácter apriorístico y absolutamente condicionante, pues el mismo se consigue a partir de los debates y acuerdos, lo cual exige ineludiblemente el inicio de los mismos. La propuesta de una reforma exprés y la posterior reforma en profundidad, defendida por algunos partidos políticos, también fue analizada.

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