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Las instalaciones esenciales para la competencia

Las instalaciones esenciales para la competencia
un estudio de Derecho público económico

  • ISBN: 9788484449584
  • Editorial: Editorial Comares
  • Lugar de la edición: Granada. España
  • Colección: Cuadernos de regulación y políticas públicas
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 410
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
44,00 €
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Resumen

El orden natural del mercado es el conflicto que significa la libre competencia, esto es, la lucha entre los competidores; si bien, como todo conflicto sometido a Derecho, en esa pelea no sirve cualquier medio, sino aquellos que están permitidos por el ordenamiento #en rigor, los que no están prohibidos# 1. Ahora bien, esta precisión no puede llevar a equívoco: la característica primera del mercado es la rivalidad entre los operadores económicos, sin ella esa institución no existe, como tampoco podrá hablarse de libre competencia 2. Esta obligación de competir tiene un contrapeso: el derecho de toda empresa de elegir libremente con quien hacer negocios 3; y una piedra de toque, de prueba de su existencia, la libertad del consumidor para elegir entre los bienes y servicios que los competidores le ofrecen. Cuando la pugna es reemplazada por la paz entre los competidores, sea mediante pactos o acuerdos, sea mediante concentraciones, la libre competencia es puesta en entredicho, incluso puede desaparecer, de ahí la intervención pública en su defensa 4. Siendo así, ninguna viabilidad debería tener la demanda de una empresa que tuviera por objeto la imposición a un competidor de la obligación de suministrarle determinados productos (McLane frente a Tabacalera, 1997), la obligación de permitir al demandante el uso y disfrute de un bien propiedad de un competidor (Cepsa frente a Gas Natural, 1999, Electra Caldense frente a FECSA-EHNER, Vía Postal frente a Correos y Telégrafos y ALO frente a Telefónica, 2001), o el reconocimiento del derecho a compartir el uso de una infraestructura, el metro, propiedad de un tercero (Telefónica frente a Metrocall 5). Cualquier pretensión de esta naturaleza debería haber sido desestimada de plano, sin más trámite. Sin embargo, la mayor parte de esas demandas fueron admitidas y se impuso el acuerdo entre los competidores. El Tribunal de Defensa de la Competencia ordenó a Tabacalera la entrega de sus marcas para ser distribuidas por Mc Lane 6.

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