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La contratación del trabajador autónomo económicamente dependiente

La contratación del trabajador autónomo económicamente dependiente
régimen jurídico en un entorno de descentralización productiva

  • ISBN: 9788490450994
  • Editorial: Editorial Comares
  • Lugar de la edición: Granada. España
  • Colección: Trabajo y Seguridad Social
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 23 cm
  • Nº Pág.: 219
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
18,00 € 16,20 €
Sin Stock. Disponible en 7/10 días.

Resumen

La contratación del trabajador autónomo económicamente dependiente (en adelante TRADE) presenta una serie de peculiaridades, consecuencia de la reciente aparición de un régimen jurídico regulador que instituye las bases sobre las que se conforma la relación entre éste y el cliente al que presta la obra o el servicio correspondiente. La ausencia de una tradición normativa en la que se sustenten los distintos factores que intervienen en la contratación, así como, la existencia de numerosas situaciones que no han sido previstas en su ordenación, o dejan un amplio margen de interpretación, han generado que la aplicación de su estatuto regulador necesite un extenso análisis para delimitar su cobertura.
En este estudio se ha partido de la dificultad de integración del TRADE en las tradicionales fórmulas de prestación de trabajo y su caracterización en el actual panorama. Si línea divisora entre el trabajo por cuenta propia y el desarrollado por cuenta ajena es, en ocasiones, objeto de difícil precisión, la incorporación a nuestro ordenamiento de la figura del TRADE provoca un replanteamiento de las fronteras entre ambas actividades, no siendo rectilíneas sino poliédricas. Las notas definitorias de una relación de trabajo, aunque no exclusivas de ella, han constituido un elemento que hasta la fecha, con mayor o menor precisión, tienen la funcionalidad de dividir el campo de actuación normativo entre los dos grandes grupos de trabajadores. La utilización de una serie de criterios indiciarios para la detección de si una actividad presentaba los caracteres propios para el amparo del ordenamiento laboral mostraba, a todas luces, como se requería la individualización de cada uno de ellos para proceder a la valoración de si efectivamente se estaba en presencia de una relación de trabajo o excluida de ella. Las a veces imprecisas fronteras del Derecho del trabajo, la aparición de nuevas recetas de organización empresarial, la externalización de servicios, la situación económica, el desempleo, etc., no han hecho más que añadir la creciente necesidad de configurar más claramente los contornos delimitadores del tipo de actividad ante el que nos encontramos.
Pero la inclusión de una nueva figura como son los TRADE no hace sino adicionar una reciente categoría que se inserta entre ambas con un cierto matiz de híbrido entre los dos grandes grupos a los que nos referimos. Esta ubicación hace que uno de los principales problemas iniciales a los que nos enfrentamos es la identificación de los caracteres que hacen posible esa diferenciación y la delimitación de los perfiles sobre los que se asienta. El empleo de notas comunes al trabajo autónomo y asalariado supone que, en ocasiones, los linderos divisorios no queden perfectamente definidos cuando nos referimos al autónomo económicamente dependiente.
Este hecho hace que el legislador a la hora de definir esta nueva condición intente objetivizar al máximo los signos determinantes de su identidad aunque, a veces, como tendremos la oportunidad de comprobar más adelante, sea una tarea bastante compleja.

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