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GPS Sucesiones

GPS Sucesiones
guía profesional

  • ISBN: 9788413135946
  • Editorial: Editorial Tirant lo Blanch
  • Lugar de la edición: Valencia. España
  • Edición número: 4ª ed.
  • Encuadernación: Cartoné
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 744
  • Idiomas: Español

Papel: Cartoné
79,00 €
Sin Stock. Disponible en 7/10 días.

Resumen

El libro que el lector tiene entre sus manos es una herramienta de consulta para el operador jurídico (asesor, abogado, etc). Clara, rigurosa, actualizada y completa. El objetivo de esta obra es ofrecer las respuestas y el apoyo que el jurista necesita en su práctica diaria. La realidad no puede compartimentarse en ramas independientes y por ello tiene una herramienta que aborda multidisciplinarmente las sucesiones y las donaciones, desde los planos civil y fiscal. Y, además, de manera unitaria e interconectada. Estamos pues ante un enfoque singular que no responde a los parámetros tradicionales, sino a la realidad del ejercicio profesional. Para ello el libro ha sido diseñado de forma sistemática, clara y facilmente accesible y con un completo índice analítico que facilita la consulta. El autor de la presente obra, añade a su condición de notario, el desempeño continuado de la consultoría fiscal, el ejercicio de profesor universitario y de postgrado en universidades privadas tanto en civil como en fiscal y una dilatada trayectoria en publicaciones sobre estas materias, lo que convierte a este libro en una obra única

Presentación 37
1 La sucesión y el impuesto de sucesiones 39
1.1. La sucesión «mortis causa» 39
1.1.1. La sucesión. La herencia. El derecho hereditario. Situaciones en que puede encontrarse la herencia. La herencia yacente 39
1.1.1.1. ¿Qué es la sucesión? 39
1.1.1.2. Clases de sucesión 39
1.1.1.3. ¿Qué es la herencia? 40
1.1.1.4. ¿Qué es el derecho hereditario? 41
1.1.2. Situaciones en que puede encontrarse la herencia; especial referencia a la herencia yacente 42
1.1.2.1. Situaciones en que puede encontrarse la herencia 42
1.1.2.2. Especial referencia a la herencia yacente 42
1.1.3. La sucesión en los derechos forales y el derecho internacional privado: el certificado sucesorio europeo 44
1.1.3.1. La sucesión en los derechos forales 44
1.1.3.1.1. El artículo 149.1.8. De la constitución 44
1.1.3.1.2. Criterios para la determinación de la ley civil aplicable. La vecindad civil 46
1.1.3.1.3. La vecindad civil 48
1.1.3.2. La sucesión en el Derecho Internacional Privado 51
1.1.3.2.1. El Reglamento de la ue 650/2012 51
1.1.3.2.2. Especial referencia al certificado sucesorio europeo 53
1.1.4. La delación de la herencia. La declaración de fallecimiento 54
1.1.5. ¿Quienes pueden ser sucesores? 55
1.1.5.1. Regla general e incapacidades absolutas 55
1.1.5.2. ¿Quiénes no pueden ser sucesores? 57
1.1.5.3. Los indignos 60
1.2. El Impuesto de Sucesiones 62
1.2.1. ¿Qué es? 62
1.2.1.1. Es un impuesto directo, subjetivo, personal e incompatible con el irpf 62
1.2.1.2. ¿Por qué se exige? ¿Tiene razón de ser? 63
1.2.1.3. ¿Qué somete a gravamen?: Los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por las personas físicas 64
1.2.1.3.1. Incremento patrimonial 64
1.2.1.3.2. A título lucrativo 65
1.2.1.3.3. Obtenidos por personas físicas 66
1.2.2. El impuesto de sucesiones como tributo cedido: coexistencia de normativas 67
1.2.2.1. Normativa de coordinación 67
1.2.2.1.1. La Ley 22/2009 67
1.2.2.1.2. Capacidad normativa de las CCAA 68
1.2.2.2. Normativa estatal 69
1.2.2.2.1. La Ley 29/1987 69
1.2.2.2.2. El Reglamento (RD 1629/1991) 70
1.2.2.3. Normativa Autonómica 70
1.2.3. Ámbito de aplicación interno 74
1.2.3.1. Normativa estatal de coordinación: Ley 22/2009, de cesión de tributos 74
1.2.3.1.1. Puntos de conexión 74
1.2.3.1.2. El concepto de residencia habitual a efectos de los puntos de conexión y cláusulas de salvaguardia 75
1.2.3.1.3. Reglas especiales de delimitación de la competencia 76
1.2.3.2. Puntos de conexión de la Ley 22/2009 y Reglamento del Impuesto 77
1.2.3.2.1. Colisión y prevalencia de los puntos de conexión de la Ley 22/2009 con el Reglamento del Impuesto 77
1.2.3.2.2. Determinación de la oficina liquidadora correspondiente dentro de la hacienda competente 78
1.2.3.3. Regímenes especiales del País Vasco y Navarra 78
1.2.3.3.1. País Vasco 78
1.2.3.3.2. Navarra 79
1.2.4. Ámbito de aplicación internacional 80
1.2.4.1. Preliminar: sujeción por obligación real y obligación personal 80
1.2.4.2. Régimen de los no residentes internacionales sujetos por obligación real 81
1.2.4.3. Delimitación negativa del concepto de no residente 82
1.2.4.4. Determinación de la hacienda competente y normativa aplicable a los no residentes 83
1.2.4.4.1. Criterios de determinación 83
1.2.4.4.2. Cuadros resúmenes 87
1.2.5. Devengo y prescripción en las sucesiones «mortis causa» 88
1.2.5.1. Devengo: regla general y reglas especiales. Especial referencia a los seguros 88
1.2.5.2. La prescripción 91
1.2.5.2.1. Plazos de prescripción 91
1.2.5.2.2. Cómputo del plazo 92
1.2.5.2.3. Interrupción de la prescripción 92
1.2.5.2.4. La prescripción en la consolidación del dominio en las adquisiciones mortis causa 93
2 Los títulos sucesorios y sus repercusiones fiscales 95
2.1. Sucesión testada: el testamento 95
2.1.1. Concepto, naturaleza y caracteres 95
2.1.2. Contenido 97
2.1.3. Clases de testamento 99
2.1.4. Capacidad para testar 100
2.1.4.1. ¿Quién puede testar? 100
2.1.4.2. La apreciación de la capacidad del testador 101
2.1.5. Formalidades generales del testamento: intervención de testigos e identificación del testador. El testamento en lengua extranjera y el hecho en país extranjero 103
2.1.5.1. Identificación del testador 103
2.1.5.2. Intervención de testigos 104
2.1.5.3. El testamento en lengua extranjera 106
2.1.5.4. Testamento hecho en país extranjero 107
2.2. El testamento abierto notarial 108
2.2.1. Aspectos generales 108
2.2.2. Requisitos 109
2.3. El testamento cerrado 113
2.3.1. Aspectos generales 113
2.3.2. Requisitos y fases 114
2.3.2.1. Fases preparatoria y de otorgamiento 114
2.3.2.2. Fases de conservación y protocolización 115
2.4. El testamento ológrafo 117
2.4.1. Concepto, características y requisitos 117
2.4.2. Conservación, adveración y protocolización 120
2.5. Especialidades forales en materia testamentaria 122
2.5.1. Aragón 122
2.5.2. Baleares 124
2.5.3. Galicia 125
2.5.4. Cataluña 126
2.5.4.1. Formalidades de los testamentos 126
2.5.4.2. Formas testamentarias 127
2.5.4.3. Codicilos 127
2.5.4.4. Las memorias testamentarias 127
2.5.5. Navarra 128
2.5.5.1. Capacidad para testar y solemnidades 128
2.5.5.2. Testamento de hermandad 128
2.5.5.3. Los codicilos y memorias testamentarias 129
2.5.6. País Vasco 129
2.6. Interpretación de las disposiciones testamentarias 129
2.6.1. La voluntad del testador ley suprema de la sucesión 130
2.6.2. Referencia a otras reglas interpretativas del Código Civil. Reglas interpretativas doctrinales y jurisprudenciales 130
2.7. Invalidez e ineficacia de los testamentos 133
2.7.1. Aspectos generales 133
2.7.2. La revocación 134
2.7.3. La caducidad 137
2.7.4. Especialidades forales en materia de interpretación e ineficacia de los testamentos 138
2.7.4.1. Aragón 138
2.7.4.2. Baleares 139
2.7.4.3. Cataluña 139
2.7.4.4. Galicia 139
2.7.4.5. Navarra 140
2.7.4.6. País Vasco 140
2.8. Sucesión intestada 141
2.8.1. Concepto, caracteres y fundamento 141
2.8.2. Supuestos en que procede 142
2.8.3. Referencia a los títulos declarativos de los herederos intestados 143
2.8.4. Sistema del código civil 144
2.8.4.1. Modos de suceder: ordenes y grados 144
2.8.4.2. Referencia al derecho de representación, al derecho de acrecer y al derecho de transmisión 146
2.8.4.3. Sucesión en línea recta descendiente 147
2.8.4.4. Sucesión en línea recta ascendente 148
2.8.4.5. Sucesión del cónyuge viudo 149
2.8.4.6. Sucesión en línea colateral 149
2.8.4.7. Sucesión del Estado 150
2.9. Referencia a la sucesión intestada en los derechos forales 151
2.9.1. Aspectos generales 151
2.9.2. Aragón 152
2.9.3. Baleares 153
2.9.4. Cataluña 155
2.9.5. Galicia 157
2.9.6. Navarra 157
2.9.7. País Vasco 158
2.10. La sucesión contractual 159
2.10.1. Concepto y referencia histórica 159
2.10.2. Manifestaciones de la sucesión contractual en el Código Civil 161
2.10.3. La sucesión contractual en los derechos forales 161
2.10.3.1. Aspectos generales 161
2.10.3.2. Aragón 162
2.10.3.3. Baleares 162
2.10.3.4. Galicia 163
2.10.3.5. Navarra 164
2.10.3.6. País Vasco 164
2.10.3.7. Cataluña 165
2.10.3.7.1. Aspectos generales 165
2.10.3.7.2. Pactos sucesorios (art. 431) 165
2.10.3.7.3. Heredamientos 165
2.11. Repercusiones fiscales de los títulos sucesorios 167
2.11.1. Aspectos generales 167
2.11.2. El testamento: su relevancia en el Impuesto 167
2.11.3. Los contratos sucesorios 168
2.11.4. Donaciones mortis causa 170
3 La sucesión: objeto y sujetos de la misma 171
3.1. Patrimonio que se incluye en la sucesión. Sucesiones especiales por razón del objeto. Referencia a los seguros por causa de muerte 171
3.1.1. ¿Qué se incluye en la sucesión? 171
3.1.2. Sucesiones especiales 171
3.1.3. Referencia a los seguros por causa de muerte 172
3.1.3.1. El seguro de vida: concepto e independencia de la sucesión «mortis causa» 172
3.1.3.2. Especial referencia los seguros de prima única y los «unit linked» 174
3.2. Heredero y legatario, diferencias. El legatario de parte alícuota 174
3.2.1. Heredero y legatario. Diferencias 174
3.2.2. El legatario de parte alicuota 176
3.3. La institución de heredero 177
3.3.1. Requisitos 177
3.3.2. Forma de designación del heredero 179
3.3.3. Institución a favor del alma, de los parientes del testador y de los pobres en general 180
3.3.3.1. Institución a favor del alma 180
3.3.3.2. Institución a favor de los pobres 180
3.3.3.3. Institución a favor de los parientes del testador 181
3.4. Disposiciones testamentarias a título de heredero o legatario sujetas a condición, término y modo 181
3.4.1. La condición 182
3.4.1.1. Aspectos generales 182
3.4.1.2. Las condiciones impropias 182
3.4.1.3. Las condiciones propias 184
3.4.1.4. Condición suspensiva 184
3.4.1.5. Condición resolutoria 186
3.4.2. Término o plazo 187
3.4.3. Modo 187
3.5. Los legados 189
3.5.1. Aspectos generales 189
3.5.2. Los legados típicos 190
3.5.3. Aceptación y repudiación de legados. Su entrega 194
3.5.4. El legado de cosa ganancial 197
3.5.5. El prelegado 198
3.5.6. Prelación entre legatarios 199
3.5.7. Responsabilidad del legatario 200
3.5.8. Extinción de los legados 201
3.6. El hecho imponible en el impuesto de sucesiones 202
3.6.1. Aspectos generales 202
3.6.2. Presunción de hecho imponible derivada de registros fiscales o de datos que tenga la administración 203
3.6.3. Los seguros que tributan como sucesión 204
3.6.3.1. Delimitación de los seguros que se acumulan a la sucesión 204
3.6.3.2. Referencia a los seguros contratados con cargo a la sociedad de gananciales 205
3.6.3.3. Referencia a los seguros de vida para la amortización de préstamos hipotecarios 206
3.7. El sujeto pasivo y los responsables 207
3.7.1. El sujeto pasivo 207
3.7.2. Títulos de la atribución patrimonial mortis causa: heredero, legatario y el beneficiario del modo 208
3.7.2.1. Heredero y legatario 208
3.7.2.2. El beneficiario del modo o carga patrimonial 211
3.7.3. Los responsables 211
3.8. La base imponible en el impuesto de sucesiones 212
3.8.1. Principios que rigen la determinación de la base imponible 212
3.8.2. Determinación de la base imponible: masa hereditaria neta global y porción individual neta de cada sujeto pasivo 213
3.8.3. Determinación de la masa hereditaria gravable 215
3.8.3.1. Aspectos generales e incidencia del régimen económico matrimonial del causante 215
3.8.3.2. Valoración de los bienes y derechos del causante 217
3.8.3.3. El ajuar familiar 219
3.8.3.3.1. Cálculo del ajuar 219
3.8.3.3.2. Individualización entre los sucesores 220
3.8.3.4. Operaciones de incorporación de bienes y derechos: presunciones de adición 221
3.8.3.4.1. Fundamento y configuración técnica. Reglas de coordinación con el ITP y AJD 221
3.8.3.4.2. Adición de bienes pertenecientes al causante en el año anterior al fallecimiento: presupuestos, pruebas en contrario, reglas de individualización 221
3.8.3.4.3. Adición de bienes derivada de adquisiciones onerosas en usufructo por el causante 222
3.8.3.4.4. Adición de bienes derivada de transmisiones onerosas del causante de la nuda propiedad, reservándose el usufructo vitalicio 223
3.8.3.4.5. Adición derivada del endoso de valores o efectos 223
3.8.3.4.6. Otras presunciones de aplicación para la determinación de la base imponible 224
3.8.4. Pasivo deducible: cargas, deudas y gastos deducibles 224
3.8.4.1. Cargas deducibles 224
3.8.4.2. Deudas deducibles 225
3.8.4.2.1. Concepto y requisitos 225
3.8.4.2.2. Reglas de individualización de las deudas deducibles 227
3.8.4.3. Gastos deducibles 227
3.8.4.3.1. Concepto y requisitos 227
3.8.4.3.2. Reglas de individualización 228
3.9. Base liquidable en las sucesiones 228
3.9.1. Las reducciones: clasificación 228
3.9.2. Criterios de aplicación de las reducciones objetivas 230
3.9.2.1. ¿Quién tiene derecho a aplicarla? 230
3.9.2.2. ¿Cómo se aplica cuando hay bienes gananciales? 230
3.9.2.3. Aplicación de las reducciones en los supuestos de desmembración de dominio en usufructo y nuda propiedad 231
3.9.2.4. Magnitud sobre la que se aplica la reducción 232
3.9.3. Reducciones en la normativa estatal 233
3.9.3.1. Reducción de parentesco 233
3.9.3.2. Reducción por discapacidad 234
3.9.3.3. Reducción por cantidades percibidas por seguros de vida para el caso de fallecimiento 235
3.9.3.4. Reducción por anteriores transmisiones mortis causa 235
3.9.3.5. Reducción por adquisición de la vivienda habitual del causante 236
3.9.3.5.1. Concepto de vivienda habitual del causante 236
3.9.3.5.2. Requisitos para la aplicación de la reducción 237
3.9.3.6. Reducción por adquisición de empresa individual o negocio profesional 238
3.9.3.6 1. Concepto de empresa individual y negocio profesional 239
3.9.3.6.2. Requisitos en el causante: ejercicio de la actividad y principal fuente de renta 240
3.9.3.6 3. Requisitos en el adquirente mortis causa 241
3.9.3.6.4. Importe de la reducción y reglas de aplicación de la misma 242
3.9.3.7. Reducción por adquisición de participaciones en entidades 243
3.9.3.7.1. Concepto de entidad 244
3.9.3.7.2. Participación en la entidad por el causante. Cómputo individual o conjunto 245
3.9.3.7.3. Ejercicio de funciones de dirección por el causante o su grupo familiar y que por dicho ejercicio se perciban retribuciones superiores al 50% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas 246
3.9.3.7.4. Requisitos en los sucesores 248
3.9.3.7.5. Importe de la reducción y reglas aplicables 249
3.9.3.8. Reducción por adquisición de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español o Patrimonio Histórico o Cultural de las Comunidades Autónomas 251
3.9.3.9. Reducciones por adquisición de explotaciones agrarias prioritarias de la Ley 19/1995 251
3.9.4. Reducciones en la normativa autonómica 253
3.9.4.1. Andalucía 253
3.9.4.1.1. Equiparación de las uniones de hecho con cónyuge y de acogimiento familiar con adopción a los efectos de la aplicación de todas las reducciones 253
3.9.4.1.2. Reducción propia por minusvalía adicional a la estatal 253
3.9.4.1.3. Mejora de la reducción de adquisición de vivienda habitual 253
3.9.4.1.4. Reducción específica o propia de parentesco adicional y compatible con la reducción de parentesco de la normativa estatal en las adquisiciones mortis causa 254
3.9.4.1.5. Mejora de las reducciones en las adquisiciones mortis causa de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades 255
3.9.4.1.6. Reducción propia para la adquisición mortis causa de explotaciones agrarias 255
3.9.4.2. Aragón 256
3.9.4.2.1. Reducción propia aplicable a adquisiciones mortis causa por hijos del causante menores de edad 256
3.9.4.2.2. Reducción propia aplicable a adquisiciones mortis causa por cónyuge, ascendientes o descendientes 257
3.9.4.2.3. Reducción propia de empresa individual y negocio profesional en adquisiciones mortis causa 258
3.9.4.2.4. Reducción propia de participaciones en entidades en adquisiciones mortis causa 258
3.9.4.2.5. Mejora de la reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual del causante 259
3.9.4.2.6. Reducción propia aplicable a minusválidos en adquisiciones mortis causa 259
3.9.4.2.7. Reducción propia en la adquisición mortis causa de cualquier derecho sobre una empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades por causahabientes distintos del cónyuge o descendientes 260
3.9.4.2.8. Reducción propia en adquisiciones mortis causa que se destinen en el plazo de 18 meses a la creación de una empresa, sea individual, negocio profesional o entidad societaria 260
3.9.4.2.9. Reducción en la adquisición mortis causa por hermanos de la persona fallecida. 261
3.9.4.2.10. Reducción propia en las adquisiciones mortis causa por descendientes, ascendientes y cónyuge fallecidos por actos de terrorismo o violencia de género. 261
3.9.4.2.11. Aspectos regulados en materia de gestión para la aplicación de las reducciones 262
3.9.4.3. Asturias 262
3.9.4.3.1. Equiparación de las uniones de hecho con cónyuge y de acogimiento familiar con adopción a los efectos de la aplicación de todas las reducciones 262
3.9.4.3.2. Mejora de la reducción de parentesco de los grupos I y II 263
3.9.4.3.3. Reducción propia o específica aplicable a empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades, situados en el Principado de Asturias 263
3.9.4.3.4. Mejora de la reducción estatal de adquisición mortis causa de la vivienda habitual del causante 264
3.9.4.3.5. Reducción propia o específica aplicable por la adquisición mortis causa de explotaciones agrarias y de elementos afectos a las mismas 264
3.9.4.3.6. Reducción propia o específica aplicable a empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades, situados en el Principado de Asturias por herederos sin grado de parentesco con el causante 265
3.9.4.3.7. Reducción propia o específica aplicable por la adquisición mortis causa de bienes destinados a la constitución, ampliación o adquisición de una empresa o de un negocio profesional 267
3.9.4.4. Baleares 268
3.9.4.4.1. Equiparación de las parejas estables a cónyuges 268
3.9.4.4.2. Mejora de la reducción por parentesco en adquisiciones mortis causa 268
3.9.4.4.3. Mejora de la reducción por adquisición mortis causa por minusvalía 269
3.9.4.4.4. Mejora de la reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual del causante 269
3.9.4.4.5. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa por seguros de vida 270
3.9.4.4.6. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades 271
3.9.4.4.7. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa de bienes integrantes del patrimonio histórico o cultural 271
3.9.4.4.8. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa por transmisión consecutiva de bienes 271
3.9.4.4.9. Reducción específica o propia por adquisición mortis causa de adquisiciones de suelo rústico protegido, de interés agrario o espacio de relevancia ambiental 272
3.9.4.4.10. Reducción propia en las adquisiciones de dinero por causa de muerte por creación de nuevas empresas y empleo 273
3.9.4.4.11. Reducción propia en la las adquisiciones «mortis causa» de bienes culturales para la creación de empresas culturales, científicas o de desarrollo tecnológico 274
3.9.4.4.12. Reducción propia en las adquisiciones «mortis causa» de bienes para la creación de empresas deportivas 276
3.9.4.5. Canarias 277
3.9.4.5.1. Reducción de mejora por parentesco 277
3.9.4.5.2. Reducción de mejora por discapacidad 278
3.9.4.5.3. Reducción propia por edad 278
3.9.4.5.4. Reducción de mejora por seguros de vida 278
3.9.4.5.5. Reducción de mejora por la adquisición de una empresa individual o de un negocio profesional 279
3.9.4.5.6. Reducción de mejora por la adquisición de participaciones en entidades 281
3.9.4.5.7. Reducción de mejora por la adquisición de la vivienda habitual del causante 283
3.9.4.5.8. Reducción de mejora por adquisición de bienes integrantes del Patrimonio Histórico o Cultural 284
3.9.4.5.9. Reducción propia por adquisición de bienes integrantes del Patrimonio Natural 284
3.9.4.5.10. Reducción de mejora por sobre imposición decenal 285
3.9.4.5.11. Reglas de aplicación a las reducciones 286
3.9.4.6. Cantabria 287
3.9.4.6.1. Equiparación a cónyuges de las parejas de hecho inscritas conforme a la Ley 1/2005 de Cantabria 287
3.9.4.6.2. Reducción de parentesco en adquisiciones mortis causa 287
3.9.4.6.3. Reducción por minusvalía en adquisiciones mortis causa 287
3.9.4.6.4. Reducción por seguros sujetos por el concepto de transmisión mortis causa 288
3.9.4.6.5. Reducción por adquisición mortis causa de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades 288
3.9.4.6.6. Reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual 288
3.9.4.6.7. Reducción por adquisición mortis causa de Patrimonio Histórico 289
3.9.4.6.8. Reducción por anteriores transmisiones mortis causa 289
3.9.4.6.9. Reducción por reversión de bienes aportados a patrimonios protegidos 289
3.9.4.7. Castilla-La Mancha 290
3.9.4.7.1. Reducción propia en las adquisiciones «mortis causa» de empresa individual, negocio profesional o participación en entidades 290
3.9.4.7.2. Reducción de mejora en adquisiciones «mortis causa» por discapacidad 291
3.9.4.8. Castilla y León 291
3.9.4.8.1. Equiparación de los miembros de las uniones de hecho con cónyuges 291
3.9.4.8.2. Mejora de la reducción por parentesco 291
3.9.4.8.3. Mejora de la reducción por minusvalía en las adquisiciones mortis causa 291
3.9.4.8.4. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de empresa individual o negocio profesional situado en Castilla y León 292
3.9.4.8.5. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en Castilla y León 293
3.9.4.8.6. Reducción por adquisición mortis causa de explotaciones agrarias 294
3.9.4.8.7. Reducción propia por indemnizaciones satisfechas por el síndrome tóxico y terrorismo 295
3.9.4.8.8. Reducción propia por adquisición mortis causa de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Artístico 295
3.9.4.8.9. Reducción propia del 99% por adquisición mortis causa cuando el causante sea víctima del terrorismo o víctima de violencia de género y en las adquisiciones mortis causa por víctimas del terrorismo 295
3.9.4.9. Cataluña 296
3.9.4.9.1. Reducción análoga por parentesco 296
3.9.4.9.2. Reducción análoga por discapacidad 296
3.9.4.9.3. Reducción propia para personas de la tercera edad 297
3.9.4.9.4. Reducción análoga por seguros de vida 297
3.9.4.9.5. Reducción análoga por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica 297
3.9.4.9.6. Reducción análoga por la adquisición de participaciones en entidades 299
3.9.4.9.7. Reducción análoga por la adquisición de la vivienda habitual del causante 301
3.9.4.9.8. Reducción análoga por la adquisición de determinadas fincas rústicas de dedicación forestal 302
3.9.4.9.9. Reducción propia por la adquisición de bienes del causante utilizados en la explotación agraria del causahabiente 303
3.9.4.9.10. Reducción análoga por adquisición de bienes del patrimonio cultural 304
3.9.4.9.11. Reducción propia por la adquisición de bienes del patrimonio natural 305
3.9.4.9.12. Reducción análoga por sobreimposición decenal 305
3.9.4.9.13. Reglas de aplicación de las reducciones por adquisiciones mortis causa 306
3.9.4.10. Extremadura 307
3.9.4.10.1. Mejora de las reducciones por minusvalía y parentesco en adquisiciones mortis causas 307
3.9.4.10.2. Mejora de la reducción estatal por la adquisición «mortis causa» de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades por personas sin relación de parentesco con el causante 308
3.9.4.10.3. Reglas aplicables a las reducciones 309
3.9.4.11. Galicia 311
3.9.4.11.1. Equiparación de las uniones de hecho a cónyuges 311
3.9.4.11.2. Mejora de la reducción subjetiva por parentesco 311
3.9.4.11.3. Mejora de la reducción subjetiva por minusvalía o discapacidad 311
3.9.4.11.4. Reducción propia subjetiva por la adquisición mortis causa de las indemnizaciones del síndrome tóxico y por actos de terrorismo 312
3.9.4.11.5. Reducción propia objetiva por la adquisición mortis causa de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades 313
3.9.4.11.6. Reducción propia objetiva por la adquisición mortis causa de explotaciones agrarias y de elementos afectos 314
3.9.4.11.7. Mejora de la reducción objetiva por adquisición mortis causa de vivienda habitual del causante 315
3.9.4.11.8. Reducción propia objetiva por la adquisición mortis causa de fincas rústicas incluidas en la Red gallega de espacios protegidos 316
3.9.4.11.9. Reducción propia objetiva por adquisición mortis causa de parcelas forestales que formen parte de la superficie de gestión y comercialización conjunta de producciones que realicen agrupaciones de propietarios forestales dotadas de personalidad jurídica 316
3.9.4.11.10. Reducción propia por la adquisición «mortis causa» de bienes destinados a la creación o constitución de una empresa o negocio profesional 317
3.9.4.11.11. Reglas de aplicación de las reducciones 319
3.9.4.12. Madrid 321
3.9.4.12.1. Equiparación a cónyuges de miembros de unión de hecho 321
3.9.4.12.2. Reducción de parentesco en adquisiciones mortis causa 321
3.9.4.12.3. Reducción por minusvalía en adquisiciones mortis causa 321
3.9.4.12.4. Reducción por seguros sujetos por el concepto de transmisión mortis causa 321
3.9.4.12.5. Reducción por adquisición mortis causa de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades 322
3.9.4.12.6. Reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual 322
3.9.4.12.7. Reducción por adquisición mortis causa de Patrimonio Histórico 322
3.9.4.12.8. Reducción propia por cantidades percibidas por indemnizaciones por las Administraciones Públicas a los afectados del síndrome tóxico o por las prestaciones públicas extraordinarias en transmisiones mortis causa 323
3.9.4.13. Murcia 323
3.9.4.13.1. Reducción específica o propia de transmisión mortis causa de empresa individual o negocio profesional 323
3.9.4.13.2. Reducción específica o propia por adquisición mortis causa de participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en Murcia 324
3.9.4.13.3. Reducción propia por adquisición de bienes muebles de interés cultural o catalogados para su cesión temporal a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 325
3.9.4.13.4. Reducción por adquisición de explotaciones agrícolas 326
3.9.4.13.5. Reducción propia por adquisición de inmuebles destinados a la constitución o ampliación de empresa individual, negocio profesional o a la adquisición de participaciones en entidades 327
3.9.4.13.6. Reducción PROPIA por adquisición de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Región de Murcia 329
3.9.4.13.7. Reducción propia por adquisición de bienes muebles de interés cultural o catalogados para su cesión temporal a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 330
3.9.4.14. La Rioja 331
3.9.4.14.1. Reducción propia por adquisición mortis causa de empresa individual o negocio profesional situados en La Rioja 331
3.9.4.14.2. Reducción propia por adquisición mortis causa de participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en La Rioja y que no coticen en mercados organizados 332
3.9.4.14.3. Mejora de la reducción de adquisición mortis causa de la vivienda habitual del causante 333
3.9.4.15. Comunidad Valenciana 334
3.9.4.15.1. Mejora de las reducciones por minusvalía, parentesco y vivienda habitual del causante en adquisiciones mortis causa 334
3.9.4.15.2. Reducción propia o específica de empresa individual agrícola 335
3.9.4.15.3. Reducción propia o específica de empresa individual y negocio profesional en adquisiciones mortis causa 336
3.9.4.15.4. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de participaciones en entidades 337
3.9.4.15.5. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de bienes del patrimonio histórico-artístico 338
3.9.4.15.6. Reducciones propias establecida en la Ley 5/2019 para explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Valenciana 339
3.9.4.15.7. Equiparación a efectos de las reducciones de los miembros de parejas de hecho estables formalizadas a cónyuges 341
4 Sustituciones hereditarias 343
4.1. Sustituciones hereditarias: concepto 343
4.2. La sustitución vulgar 344
4.2.1. Concepto y naturaleza jurídica 344
4.2.2. Formas y modalidades 345
4.2.3. Efectos 347
4.3. Sustitución pupilar 348
4.4. Sustitución ejemplar 349
4.5. La sustitución fideicomisaria 350
4.5.1. Concepto y relación con las legítimas 350
4.5.2. Posición del fiduciario 352
4.5.3. Posición del fideicomisario 353
4.5.4. Vicisitudes de la sustitución fideicomisaria 353
4.5.5. Limitaciones 354
4.6. Los fideicomisos de residuo 355
4.7. Las sustituciones en los territorios forales 357
4.7.1. Consideraciones previas 357
4.7.2. Aragón 357
4.7.2.1. Fideicomiso puro 358
4.7.2.2. Fideicomiso de sustitución 358
4.7.3. Baleares 358
4.7.3.1. Mallorca y Menorca 359
4.7.3.2. Ibiza y Formentera 359
4.7.4. Navarra 359
4.7.4.1. Sustituciones y fideicomisos 359
4.7.4.2. La herencia de confianza en Navarra 360
4.7.5. País Vasco 360
4.7.6. Cataluña 361
4.7.6.1. Sustituciones vulgar, pupilar y ejemplar 361
4.7.6.2. Sustituciones fideicomisarias 362
4.7.6.3. La cuarta trebeliánica 364
4.7.6.4. La enajenación de los bienes fideicomitidos 365
4.7.6.5. El fideicomiso de residuo y la sustitución preventiva de residuo 365
4.7.6.5.1. Fideicomiso de residuo 365
4.7.6.5.2. Sustitución preventiva de residuo 366
4.7.6.6. La herencia de confianza en Cataluña 366
4.8. Régimen fiscal en el impuesto de sucesiones de las sustituciones, fideicomisos y fiducias 366
4.8.1. La sustitución vulgar 366
4.8.2. Las sustituciones pupilar y ejemplar 367
4.8.3. La sustitución fideicomisaria 368
4.8.4. El fideicomiso de residuo 368
4.8.5. Los fideicomisos 371
4.8.5.1. Regulación 371
4.8.5.2. Régimen general 371
4.8.5.3. Fideicomisos catalanes 373
4.8.5.4. Fiducia sucesoria aragonesa 373
5 Aceptación y renuncia a la herencia. Derecho de transmisión, derecho de acrecer y de representación. Su fiscalidad 375
5.1. Aceptación y repudiación de la herencia 375
5.1.1. La aceptación de la herencia como acto determinativo de la adquisición de la condición de heredero 375
5.1.2. Naturaleza de la aceptación y clases 376
5.1.3. Capacidad para aceptar y repudiar 379
5.1.4. Forma y efectos de la aceptación y repudiación 381
5.1.4.1. Plazo para realizarlas 382
5.1.4.2. Efectos de la aceptación 382
5.1.4.3. Efectos de repudiación 383
5.1.5. El beneficio de inventario y el derecho a deliberar 384
5.1.5.1. Concepto del beneficio de inventario. Casos en que procede 387
5.1.5.2. Requisitos 388
5.1.5.3. Efectos 388
5.1.5.4. El derecho de deliberar 389
5.2. El derecho de transmisión 389
5.2.1. El derecho al llamamiento 389
5.2.2. La transmisión del derecho al llamamiento: el derecho de transmisión 390
5.2.2.1. ¿Cuándo se produce? 390
5.2.2.2. ¿Única o doble trasmisión? 391
5.3. El derecho de acrecer 393
5.3.1. Concepto 393
5.3.2. El derecho de acrecer en la sucesión testada 394
5.3.3. El derecho de acrecer en las legítimas 396
5.3.4. El derecho de acrecer en la sucesión intestada 396
5.4. El derecho de representación 397
5.4.1. El derecho de representación en la sucesión intestada 397
5.4.2. El derecho de representación en la sucesión testada 399
5.5. La aceptación y renuncia a la herencia en el impuesto de sucesiones 401
5.5.1. La aceptación como institución civil irrelevante fiscalmente 401
5.5.2. La renuncia 402
5.5.2.1. La renuncia a la sucesión: clases y efectos fiscales 402
5.5.2.1.1. La renuncia abdicativa y la renuncia traslativa 402
5.5.2.1.2. Renuncia pura y simple o abdicativa 402
5.5.2.1.3. Renuncia traslativa 403
5.5.2.2. Supuestos especiales de renuncia 403
5.5.2.2.1. La renuncia a una herencia o legado ya aceptado 403
5.5.2.2.2. La renuncia al usufructo ya aceptado 404
5.5.2.2.3. Concurrencia de legados o de llamamientos 404
5.5.2.2.4. Renuncia parcial 404
5.5.2.2.5. La renuncia a gananciales 404
5.6. Tratamiento fiscal del derecho de transmisión 405
5.6.1. Régimen general 405
5.6.2. Regla especial en el caso de que los herederos del transmitente sean sustitutos vulgares en el título sucesorio, del primer causante 407
5.7. Régimen fiscal del derecho de acrecer 408
5.8. Régimen fiscal del derecho de representación 408
6 Las legítimas y los derechos del cónyuge viudo. Desheredación y preterición. Fiscalidad de las legítimas. Liquidación del usufructo 411
6.1. Concepto y fundamento de las legítimas. Sistema de nuestro Código civil. Naturaleza jurídica 411
6.1.1. Concepto y fundamento de las legítimas 411
6.1.2. Sistema del Código civil 412
6.1.3. Naturaleza jurídica 413
6.2. Fijación de la legítima: computación, imputación y reducción 415
6.2.1. Conceptos previos 415
6.2.2. Computación 415
6.2.3. Imputación 416
6.2.3.1. De donaciones 416
6.2.3.2. De legados 417
6.2.4. Reducción 418
6.3. Intangibilidad de la legítima 420
6.3.1. La intangibilidad y la renuncia o transacción sobre la legítima futura 420
6.3.2. La cautela sociniana y su validez 421
6.4. Legítima de los descendientes 422
6.4.1. Cuantía y aspectos materiales, personales y formales 422
6.4.1.1. Cuantía y aspectos materiales 422
6.4.1.2. Aspectos personales 423
6.4.1.3. Aspectos formales 424
6.4.2. La mejora 425
6.4.2.1. Concepto, naturaleza y clases 425
6.4.2.2. Personas que pueden mejorar y personas que pueden ser mejoradas 428
6.4.2.2.1. Personas que pueden mejorar 428
6.4.2.2.2. Personas que pueden ser mejoradas 430
6.4.3. Supuestos de pago en metálico de la legítima 431
6.4.3.1. El pago en metálico de la legítima como excepción 431
6.4.3.2. Reglas de aplicación 433
6.5. Legítima de los ascendientes 434
6.5.1. Cuantía y concurrencia con el cónyuge viudo 434
6.5.2. Reglas de aplicación 435
6.6. Legítima del cónyuge viudo 436
6.6.1. Derechos del cónyuge viudo como heredero forzoso 436
6.6.1.1. Indicaciones históricas y críticas 436
6.6.1.2. Naturaleza jurídica 438
6.6.2. Régimen jurídico del código civil 439
6.6.2.1. El viudo como legitimario: existencia y vigencia del vínculo matrimonial 439
6.6.2.2. Cuantía de la legítima 441
6.6.2.3. Régimen del usufructo 441
6.6.3. Conmutación del usufructo viudal 442
6.7. Privación de la legítima: desheredación y preterición 445
6.7.1. La desheredación 445
6.7.1.1. ¿Qué es? ¿Cuáles son sus causas? 445
6.7.1.2. Prueba y efectos de la desheredación 447
6.7.2. La preterición 449
6.8. Las legítimas, desheredación y preterición en los derechos forales 450
6.8.1. Legítimas de descendientes y ascendientes 450
6.8.1.1. Aspectos generales 450
6.8.1.2. Aragón 451
6.8.1.2.1. Legitimarios e importe de la legítima 451
6.8.1.2.2. Protección de la legítima 451
6.8.1.3. Baleares 452
6.8.1.3.1. Mallorca y Menorca (art. 41 y siguientes) 452
6.8.1.3.2. Ibiza y Formentera (art. 79 y siguientes) 453
6.8.1.4. Galicia 453
6.8.1.5. Navarra 454
6.8.1.6. País Vasco 455
6.8.1.7. Cataluña 456
6.8.1.7.1. La legítima como pars valoris 456
6.8.1.7.2. Los suplementos de legítima 458
6.8.2. Derechos sucesorios del cónyuge viudo en los derechos forales 459
6.8.2.1. Introducción histórica y conflicto en el derecho interregional 459
6.8.2.2. Cataluña 460
6.8.2.2.1. Reseña histórica 460
6.8.2.2.2. Naturaleza jurídica de los derechos sucesorios del cónyuge viudo en Cataluña 460
6.8.2.2.3. Derecho al ajuar de la vivienda conyugal 461
6.8.2.2.4. Año de viudedad 461
6.8.2.2.5. La tenuta 461
6.8.2.2.6. La cuarta vidual 462
6.8.2.2.7. Referencia a los derechos que corresponden a las personas acogedoras establecidos en la Ley 22/2000, de acogida de personas mayores 463
6.8.2.3. Aragón 463
6.8.2.3.1. El usufructo foral aragonés: referencia histórica y naturaleza 463
6.8.2.3.2. Derecho expectante de viudedad 464
6.8.2.3.3. Derecho al usufructo vidual 464
6.8.2.3.4. Pactos consuetudinarios modificativos 465
6.8.2.4. Galicia 465
6.8.2.5. Navarra 466
6.8.2.6. Baleares 468
6.8.2.7. País Vasco 468
6.8.3. Desheredación y preterición en los derechos forales 469
6.8.3.1. Aragón 469
6.8.3.2. Cataluña 469
6.8.3.3. País Vasco 470
6.8.3.4. Navarra 470
6.9. Incidencia de las legítimas en el impuesto de sucesiones 471
6.9.1. El legitimario como sujeto pasivo 471
6.9.2. Conflicto entre el testamento y las legítimas 471
6.9.3. Referencia a la preterición, desheredación y cónyuge distribuidor 472
6.9.3.1. La preterición del art. 814 del CC 472
6.9.3.2. La desheredación 473
6.9.3.3. El cónyuge distribuidor del art. 831 del CC 473
6.10. Liquidación del usufructo y la nuda propiedad 473
6.10.1. Aspectos generales 473
6.10.2. Reglas de valoración del usufructo y la nuda propiedad 474
6.10.2.1. Reglas de valoración del usufructo 474
6.10.2.2. Reglas de valoración de la nuda propiedad 475
6.10.3. Reglas de liquidación de las adquisiciones en usufructo 475
6.10.3.1. Reglas generales 475
6.10.3.2. Usufructos especiales 476
6.10.4. Reglas de liquidación de la adquisición por el nudo propietario 477
6.10.4.1. Fraccionamiento de la adquisición en dos liquidaciones: el tipo medio de gravamen 477
6.10.4.2. Liquidación de la nuda propiedad 477
6.10.4.3. Liquidación de la consolidación ordinaria en el nudo propietario 478
6.10.4.4. Supuestos especiales 478
6.10.4.4.1. Consolidaciones no ordinarias en el nudo propietario: renuncia del usufructuario y por negocio jurídico distinto 478
6.10.4.4.2. No sujeción de las consolidaciones como consecuencia de la extinción de usufructo transmitido por el nudo propietario 479
6.10.4.4.3. Reglas aplicables a la consolidación en el usufructuario 479
6.10.4.4.4. Reglas aplicables a la consolidación en el nudo propietario 479
6.10.4.4.5. Usufructo con facultad de disponer 480
6.10.4.4.6. Consolidaciones ordinarias de usufructos constituidos conforme a la normativa anterior a la ley 29/1987 480
6.11. Derecho de uso y habitación y derechos equiparados al usufructo 481
6.11.1. Derecho de uso y habitación 481
6.11.2. Derechos equiparados al usufructo 481
7 Las sucesiones legales excepcionales: reservas y reversión 483
7.1. Reservas: concepto y clases 483
7.2. Reserva ordinaria: naturaleza jurídica. Reservistas, reservatarios y bienes reservables; efectos. Enajenación de los bienes. Extinción de la reserva 484
7.2.1. Naturaleza jurídica 484
7.2.2. Reservistas, reservatarios y bienes reservables 484
7.2.3. Fases de la reserva 487
7.2.3.1. Fase previa 487
7.2.3.2. Fase de pendencia 487
7.2.3.3. Fase de consumación de la reserva 488
7.2.3.4. Extinción de la reserva 489
7.3. La reserva lineal 489
7.3.1. Fundamento 489
7.3.2. Inteligencia del art. 811 490
7.3.2.1. El ascendiente que heredare de sus descendientes 490
7.3.2.2. Bienes que éste hubiese adquirido por título lucrativo de otro ascendientes o de un hermano 490
7.3.2.3. Se halla obligado a reservar los que haya adquirido por ministerio de la ley 490
7.3.2.4. A favor de los parientes que estén dentro del tercer grado 491
7.3.2.5. Finalmente «pertenezcan a la línea de la que procedan los bienes 491
7.3.3. Efectos 491
7.4. Derecho de reversión del artículo 812 del código civil 492
7.4.1. Fundamento y naturaleza 492
7.4.2. Elementos personales: el donante y el donatario 493
7.4.3. La donación como elemento real precedente de la reversión 493
7.4.4. El estatuto en la sucesión del ascendiente titular de la reversión 493
7.5. Referencia a las reservas en el Derecho Foral 495
7.5.1. Navarra 495
7.5.2. País Vasco 496
7.6. Las reservas y la reversión en el impuesto de sucesiones 496
7.6.1. Régimen fiscal de las reservas 496
7.6.2. Régimen fiscal del derecho de reversión 497
8 Comunidad hereditaria. Los ejecutores testamentarios. La partición. Fiscalidad de la comunidad hereditaria. La partición en el impuesto de sucesiones. Tributación de los excesos de adjudicación 499
8.1. La comunidad hereditaria 499
8.1.1. ¿Cuándo estamos ante una comunidad hereditaria? 499
8.1.2. ¿Qué es? 499
8.1.3. Derechos de los partícipes 500
8.2. Los ejecutores testamentarios: el albacea 502
8.2.1. Los ejecutores testamentarios 502
8.2.2. El albacea en derecho común 503
8.2.2.1. Concepto, naturaleza, caracteres, capacidad, obligaciones y prohibiciones 503
8.2.2.1.1. Concepto, naturaleza y caracteres 504
8.2.2.1.2. Capacidad y prohibiciones 504
8.1.2.1.3. Obligaciones 505
8.2.2.2. Clases 505
8.2.2.3. Facultades 506
8.2.2.4. Duración y extinción del cargo 509
8.2.3. El albacea en los derechos forales 510
8.2.3.1. Aspectos generales 510
8.2.3.2. Aragón 511
8.2.3.3. Baleares 511
8.2.3.4. Galicia 512
8.2.3.5. Navarra 512
8.2.3.6. País Vasco 513
8.2.3.7. Cataluña 513
8.2.3.7.1. El albaceazgo en Cataluña 513
8.2.3.7.2. El albacea particular 514
8.2.3.7.3. El albacea universal 514
8.3. La partición de la herencia: ¿qué es? El derecho a pedir la partición 516
8.3.1. ¿Qué es? 516
8.3.2. ¿Quiénes pueden pedir la partición? 517
8.4. La partición como fase última de la herencia 519
8.4.1. Operaciones que comprende la partición 519
8.4.1.1. Encabezamiento 519
8.4.1.2. Inventario y avalúo de los bienes 520
8.4.1.3. Liquidación 520
8.4.1.4. División y adjudicación 522
8.4.2. Referencia a la liquidación de la sociedad conyugal y otros regímenes matrimoniales 523
8.4.3. La colación 524
8.4.3.1. ¿Qué es? 526
8.4.3.2. La dispensa de la colación 526
8.4.3.3. Personas obligadas a colacionar 527
8.4.3.4. Bienes colacionables 527
8.4.3.5. Valoración de los bienes colacionables 528
8.4.3.6. Efectos de la colación 528
8.4.4. Efectos de la partición entre los herederos y respecto de terceros: evicción y saneamiento de los bienes adjudicados 529
8.4.4.1. Efectos de la partición entre los herederos 529
8.4.4.2. Efectos de la partición respecto de terceros 530
8.4.5. Nulidad, rescisión y modificación de las particiones 531
8.4.5.1. Nulidad 531
8.4.5.1.1. Inexistencia de la partición 531
8.4.5.1.2. Nulidad 532
8.4.5.1.3. Anulabilidad de las particiones 532
8.4.5.1.4. Efectos generales de la nulidad de la partición 533
8.4.5.2. Rescisión 533
8.4.5.3. Modificación de las particiones 534
8.4.6. Situación de los acreedores en la sucesión 535
8.4.6.1. Inexistencia de heredero en la sucesión 536
8.4.6.2. Existencia de un sólo heredero 537
8.4.6.3. Existencia de varios coherederos 537
8.5. Clases de partición 538
8.5.1. Partición practicada por el testador 538
8.5.2. Partición por el contador-partidor 541
8.5.2.1. El contador-partidor designado por el causante: nombramiento y régimen jurídico 541
8.5.2.2. Ámbito de facultades del contador-partidor designado por el causante 543
8.5.2.3. Especialidades en cuanto a los efectos de la partición 544
8.5.2.4. Referencia al contador partidor dativo 544
8.5.3. Partición efectuada por los herederos 546
8.5.4. La partición judicial 549
8.5.5. Otras clases de partición 550
8.6. Referencia fiscal a la comunidad hereditaria 550
8.7. La partición de la herencia: aspectos fiscales 551
8.7.1. Reglas general: irrelevancia de la partición 551
8.7.2. Referencia a los regímenes económico matrimoniales 552
8.7.3. Discordancias entre el título sucesorio y la partición: los excesos de adjudicación 553
8.7.3.1. Aspectos generales 553
8.7.3.2. Los excesos de adjudicación declarados 554
8.7.3.2.1. Excesos declarados gratuitos y onerosos 554
8.7.3.2.2. Reglas de liquidación de los excesos de adjudicación declarados onerosos 554
8.7.3.2.3. Reglas de liquidación de los excesos de adjudicación declarados gratuitos 557
8.7.3.3. Los excesos de adjudicación resultantes de la comprobación de valores 558
8.7.3.3.1. Fundamento, configuración técnica y presupuestos 558
8.7.3.3.2. Reglas de determinación 558
8.7.3.3.3. Conmutación del usufructo viudal y excesos de adjudicación 559
8.8. Referencia a la tributación del albacea y/o contador partidor 560
9 Las donaciones, sus clases, elementos y pactos especiales. Revocación de donaciones. Tratamiento fiscal en el impuesto de las donaciones: hecho imponible, base imponible, base liquidable y reglas especiales de liquidación 563
9.1. La donación: concepto, naturaleza y clases 563
9.1.1. Concepto y naturaleza 563
9.1.2. Clases 565
9.1.2.1. Donaciones remuneratorias y onerosas 565
9.1.2.1.1. Donaciones remuneratorias 565
9.1.2.1.2. Donaciones onerosas 566
9.1.2.2. Donaciones «mortis causa» 567
9.1.2.3. Donaciones encubiertas 568
9.1.2.4. Otras clasificaciones de las donaciones 569
9.2. Perfección de la donación 570
9.3. Elementos personales, reales y formales 571
9.3.1. Elementos personales 571
9.3.2. Elementos formales 574
9.3.3. Elementos reales 575
9.4. Efectos de las donaciones 576
9.4.1. Efectos naturales de la donación 576
9.4.2. Efectos derivados de pactos especiales 577
9.4.2.1. Donación con reserva de la facultad de disponer 577
9.4.2.2. Donación de usufructo y nuda propiedad 578
9.4.2.3. Donación con pacto de reversión 578
9.4.2.4. Donación con obligación de pagar las deudas por el donatario 580
9.5. Revocación de donaciones 580
9.5.1. Revocación de donaciones por supervivencia o superveniencia de hijos 581
9.5.1.1. Revocación de donaciones por incumplimiento de cargas 582
9.5.2. Revocación de donaciones por ingratitud 582
9.6. Referencia a las donaciones en las legislaciones forales 584
9.7. Las donaciones en el impuesto de sucesiones y donaciones 585
9.7.1. El devengo del impuesto en las donaciones. Referencia a los seguros y otros actos equiparados a las donaciones 585
9.7.2. La prescripción 586
9.7.2.1. Plazo 586
9.7.2.2. Cómputo del plazo 587
9.7.2.3. Interrupción de la prescripción 588
9.7.3. El hecho imponible 589
9.7.3.1. Las donaciones en general 589
9.7.3.2. Otros hechos imponibles 589
9.7.3.3. Los seguros que tributan como donaciones 592
9.7.3.4. Presunciones de hechos imponibles 593
9.7.3.5. Supuestos no sujetos y supuestos dudosos 594
9.7.4. El sujeto pasivo y los responsables 596
9.7.4.1. Sujeto pasivo 596
9.7.4.2. Los responsables 596
9.7.5. Especialidades de la base imponible en donaciones 597
9.7.5.1. Correspondencia de la base imponible con cada sujeto pasivo 597
9.7.5.2. Especialidades en la determinación de la base imponible en donaciones 598
9.7.5.2.1. Deudas deducibles: deudas con garantía real sobre los bienes donados asumidas o satisfechas por el adquirente 598
9.7.5.2.2. Incidencia en la base imponible de las donaciones onerosas y remuneratorias 599
9.7.5.2.3. Referencia respecto a seguros que tributan como donaciones 600
9.7.5.3. Acumulación de donaciones entre sí y con la sucesión 601
9.7.5.3.1. Acumulación de donaciones entre sí 601
9.7.5.3.2. Acumulación de donaciones con la sucesión 602
9.7.6. Base liquidable 603
9.7.6.1. Aspectos generales 603
9.7.6.2. Reducciones estatales 604
9.7.6.2.1. Reducción de empresa individual y negocio profesional 604
9.7.6.2.2. Reducción de participaciones en entidades 606
9.7.6.2.3. Reducción por bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español o bienes integrantes del Patrimonio Histórico o Cultural de las Comunidades Autónomas 608
9.7.6.2.4. Reducciones por adquisición de explotaciones agrarias prioritarias de la Ley 19/1995 608
9.7.6.3. Reducciones autonómicas 609
9.7.6.3.1. Andalucía 609
9.7.6.3.2. Aragón 615
9.7.6.3.3. Asturias 617
9.7.6.3.4. Baleares 624
9.7.6.3.5. Canarias 633
9.7.6.3.6. Cantabria 640
9.7.6.3.7. Castilla-La Mancha 642
9.7.6.3.8. Castilla y León 643
9.7.6.3.9. Cataluña 645
9.7.6.3.10. Extremadura 654
9.7.6.3.11. Galicia 663
9.7.6.3.12. Madrid 671
9.7.6.3.13. Murcia 672
9.7.6.3.14. La Rioja 675
9.7.6.3.15. Valencia 678
9.7.6.4. Reglas especiales de liquidación en donaciones 687
9.7.6.4.1. Donaciones sujetas a pactos especiales 687
9.7.6.4.2. Revocación de donaciones 690
9.7.6.4.3. Reducción de donaciones 691
9.7.6.4.4. Aportaciones gratuitas de bienes a la sociedad conyugal 692
9.7.6.4.5. Aportaciones a patrimonios protegidos 693
10 Tarifa, cuota, bonificaciones en cuota y gestión del Impuesto de Sucesiones y Donaciones 695
10.1. Tarifa, cuota y bonificaciones en cuota en la normativa estatal 695
10.1.1. Tarifa y coeficientes multiplicadores 695
10.1.1.1. Tarifa 695
10.1.1.2. Los coeficientes multiplicadores 696
10.1.2. Deducciones en cuota en la normativa estatal 697
10.1.2.1. Deducción por doble imposición internacional 697
10.1.2.2. Deducciones aplicables en Ceuta y Melilla 698
10.2. Tarifa, cuota y bonificaciones en cuota en las normativas autonómicas 698
10.2.1. Planteamiento y coordinación con la normativa estatal 698
10.2.2. Andalucía 699
10.2.2.1. Tarifa 699
10.2.2.2. Situaciones equiparadas a efectos de la aplicación de los coeficientes multiplicadores 700
10.2.2.3. Bonificaciones en cuota (con efectos desde el 11-04-2019). 700
10.2.3. Aragón 701
10.2.3.1. Bonificación en cuota del 65% en las adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos pertenecientes a los grupos I y II de parentesco (cónyuge, ascendientes y descendientes) de la vivienda habitual del causante 701
10.2.3.2. Bonificación en cuota del 65% en las adquisiciones inter vivos por sujetos pasivos pertenecientes a los grupos I y II de parentesco (cónyuge, ascendientes y descendientes) 701
10.2.4. Asturias 702
10.2.4.1. Tarifa y cuota 702
10.2.4.1.1. Equiparación de las uniones de hecho con cónyuge y de acogimiento familiar con adopción 702
10.2.4.1.2. Tarifa 702
10.2.4.1.3. Coeficientes multiplicadores aplicables en las adquisiciones mortis causa por parientes del grupo I 704
10.2.4.2. Bonificaciones en cuota 705
10.2.5. Baleares 705
10.2.5.1. Tarifa y cuota 705
10.2.5.1.1. Tarifas 705
10.2.5.1.2. Coeficientes multiplicadores 706
10.2.5.2. Bonificaciones en cuota 707
10.2.5.2.1. Bonificación en cuota para adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos sujetos por obligación personal del grupo I 707
10.2.5.2.2. Deducción en cuota en adquisiciones inter vivos por sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II 708
10.2.5.2.3. Bonificación autonómica por las donaciones resultantes de cesiones de bienes inmuebles a cambio de pensiones de alimentos vitalicias 708
10.2.6. Canarias 709
10.2.6.1. Tarifa y cuota 709
10.2.6.2. Bonificaciones en cuota 709
10.2.6.2.1. Bonificación del 99,99% en las adquisiciones mortis causa por parientes de los grupos I y II 709
10.2.6.2.2. Bonificación del 99,99% en las adquisiciones inter vivos por parientes de los grupos I y II 710
10.2.7. Cantabria 710
10.2.7.1. Tarifa y cuota 710
10.2.7.1.1. Tarifa general 710
10.2.7.1.2. Tarifa aplicable a transmisiones lucrativas entre vivos a favor de contribuyentes de los grupos I y II 711
10.2.7.1.3. Coeficientes multiplicadores 711
10.2.7.1.4. Equiparación al cónyuge de la pareja de hecho 712
10.2.7.2. Bonificaciones en cuota 712
10.2.7.2.1. Bonificación del 100% en la cuota tributaria en las adquisiciones «mortis causa» por parientes de grupos I y II 712
10.2.7.2.2. Bonificación del 100% en las donaciones realizadas entre los grupos I y II (cónyuge, descendientes y ascendientes) 712
10.2.7.2.3. Deducción por el sujeto pasivo gravado por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la tasa por Valoración previa de inmuebles objeto de adquisición o transmisión en los casos en que adquiera, mediante actos o negocios jurídicos, inter vivos o por causa de muerte, bienes valorados por el perito de la Administración 714
10.2.8. Castilla-La Mancha 714
10.2.8.1. Bonificaciones en cuota en adquisiciones mortis causa para las adquisiciones por parientes de los grupos I y II (cónyuge, descendientes y ascendientes) 714
10.2.8.2. Bonificación en cuota del 95% para las adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos con discapacidad con un grado de minusvalía acreditado igual o superior al 65% 715
10.2.8.3. Bonificaciones en cuota en adquisiciones inter vivos a para las adquisiciones por parientes de los grupos I y II (cónyuge, descendientes y ascendientes 715
10.2.8.4. Bonificaciones en cuota en adquisiciones inter vivos a para las adquisiciones por parientes de los grupos I y II (cónyuge, descendientes y ascendientes) 716
10.2.8.5. Requisitos para la aplicación de las bonificaciones 716
10.2.9. Cataluña 717
10.2.9.1. Tarifa y cuota 717
10.2.9.1.1. Tarifa aplicable en las transmisiones lucrativas entre vivos a favor de contribuyentes de los grupos I y II 717
10.2.9.1.2. Tarifa de las transmisiones mortis causa y transmisiones inter vivos no documentadas en escritura pública 718
10.2.9.1.3. Cuota tributaria y coeficientes multiplicadores 718
10.2.9.2. Bonificación en cuota en las adquisiciones por causa de muerte para los parientes de los grupos I y II de parentesco y equiparados 719
10.2.10. Extremadura 721
10.2.10.1. Bonificaciones en cuota 721
10.2.10.2. Reglas de aplicación de las bonificaciones 722
10.2.11. Galicia 723
10.2.11.1. Tarifas y cuota 723
10.2.11.1.1. Tarifas 723
10.2.11.1.2. Coeficientes multiplicadores 724
10.2.11.2. Deducciones en cuota 725
10.2.11.2.1. Deducción en cuota del 99% para adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos del grupo I 725
10.2.11.2.2. Deducción en cuota del 100% para adquisiciones mortis causa por sujetos pasivos del grupo II, cuya base imponible no exceda de 125.000 euros 725
10.2.11.2.3. Deducción en cuota de la tasa satisfecha correspondiente a la valoración previa al amparo del artículo 90 de la LGT, presentada la valoración junto con la declaración del impuesto 726
10.2.12. Madrid 726
10.2.12.1. Tarifa y cuota 726
10.2.12.1.1. Tarifa 726
10.2.12.1.2. Coeficientes multiplicadores 726
10.2.12.2. Bonificaciones en cuota 727
10.2.12.2.1. Bonificación en cuota del 99% aplicable a adquisiciones mortis causa por parientes del grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años) y grupo II (cónyuge, descendientes y adoptados, ascendientes y adoptantes) 727
10.2.12.2.2. Bonificación en cuota aplicable en adquisiciones mortis causa del 15% para colaterales de segundo grado y del 10% para colaterales de tercer grado 727
10.2.12.2.3. Bonificación en cuota del 99% aplicable a adquisiciones inter vivos por parientes del grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años) y del grupo II (descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuge, ascendientes y adoptantes) 727
12.2.12.2.4. Bonificación en cuota aplicable en adquisiciones inter vivos del 15% para colaterales de segundo grado y del 10% para colaterales de tercer grado. 728
10.2.13. Murcia 728
10.2.13.1. Tarifa y cuota 728
10.2.13.2. Deducciones en cuota 729
10.2.13.2.1. Deducción en cuota en adquisiciones mortis causa para parientes del grupo I 729
10.2.13.2.2. Deducción en cuota en adquisiciones mortis causa para parientes del grupo II 729
10.2.13.2.3. Deducción en cuota en donaciones para parientes de los grupos I y II 729
10.2.14. La Rioja 730
10.2.14.1. Deducción en cuota del 99% en las adquisiciones mortis causa por parientes del grupo I y II 730
10.2.14.2. Deducción en cuota para transmisiones lucrativas inter vivos a favor de parientes incluidos en los grupos I y II de parentesco 730
10.2.15. Comunidad Valenciana 731
10.2.15.1. Tarifa y cuota 731
10.2.15.1.1. Tarifa 731
10.2.15.1.2. Coeficientes multiplicadores 732
10.2.15.1.3. Equiparación a efecto de coeficientes multiplicados de los miembros de parejas de hecho estables formalizadas a cónyuges 732
10.2.15.2. Bonificaciones en cuota 732
10.2.15.2.1. Bonificación en cuota del 75% en las adquisiciones mortis causa por parientes de los grupos I (descendientes menores de 21 años) y del 50% para parientes de grupo II (otros descendientes y adoptados, cónyuge, ascendientes y adoptantes) 732
10.2.15.2.2. Bonificación en cuota del 75% en las adquisiciones mortis causa por discapacitados físicos o sensoriales con un grado de minusvalía igual o superior al 65% o discapacitados psíquicos con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, cualquiera que sea el grado de parentesco con el causante 733
10.2.16. Gestión 734
10.2.16.1. Normas comunes a la liquidación y autoliquidación 734
10.2.16.1.1. Presentación 734
10.2.16.1.2. Plazo 735
10.2.16.1.3. Lugar y tramitación de la documentación presentada. Liquidaciones definitivas, provisionales y parciales 738
10.2.16.2. La liquidación 740
10.2.16.3. La autoliquidación 741
10.2.16.4. Supuestos especiales de aplazamiento y fraccionamiento 741
10.2.16.5. Obligaciones formales 743

Resumen

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