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Ejecución forzosa y circulación de vehículos a motor

Ejecución forzosa y circulación de vehículos a motor
el régimen procesal del denominado "auto de cuantía máxima". (Adaptada a la Ley 21/2007, de 11 de julio)

  • ISBN: 9788483555002
  • Editorial: Editorial Aranzadi
  • Lugar de la edición: Pamplona. España
  • Colección: Colección Técnica de Derecho civil
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 167
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
25,00 €
Sin Stock. Disponible en 7/10 días.

Resumen

Entre los instrumentos previstos en el orden civil para la protección de las víctimas de los accidentes de circulación destaca muy especialmente el denominado "auto de cuantía máxima". Se trata de una resolución que dicta el juez penal cuando se pone fin al proceso penal sin declaración de responsabilidad criminal, que permite a las víctimas que consten como acreedoras en dicho documento acudir directamente al proceso civil de ejecución para exigir las cantidades correspondientes a la cobertura del seguro obligatorio del automóvil. Pese a las reticencias de algunos, recientemente nuestro legislador ha apostado de nuevo por la subsistencia de este título ejecutivo en la reforma de la Ley de responsabilidad civil y seguro de vehículos de motor, operada por la Ley 21/2007, de 11 de julio. Sin embargo, el nuevo texto legal no ha despejado las numerosas dudas y problemas prácticos a que ha dado lugar esta resolución desde su creación en 1967. Con la confianza de que pueda ser de ayuda a los profesionales del Derecho que trabajan en el ámbito de los accidentes de circulación, el presente trabajo ofrece respuesta desde una óptica procesal a las principales cuestiones relativas al "auto de cuantía máxima". Partiendo del estudio de su regulación legal y de la abundante jurisprudencia existente sobre esta materia, en estas páginas se examina de forma sistemática el proceso de creación de esta resolución y las peculiaridades que reviste el proceso de ejecución que en ella se funda, con especial atención a la fase de oposición por motivos de fondo y al alcance que podría tener un eventual proceso de declaración posterior.

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